Plan de Igualdad para Organización Empresarial del Levante (OEL)

empresarial

OEL (Organización Empresarial del Levante) recibe la resolución de inscripción de su Plan de Igualdad. 

Durante estos días la empresa murciana  Organización Empresarial del Levante (OEL), instalada en Roldán , ha recibido por parte de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, la comunicación de inscripción  de su Plan de Igualdad, quedando registrado este en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos de Trabajo y Planes de Igualdad. Su código de registro es el 30111912112023 y puede consultarse el texto completo aquí.

Para su elaboración se ha contado con una financiación del Fondo Social Europeo (FES), que fomenta la implantación de Planes de Igualdad en aquellas empresas de la Región cuya elaboración no es obligatoria.

La actividad de Organización Empresarial del Levante es la construcción de edificación y obra civil. Sus objetivos estratégicos son la prestación de servicios cuyo nivel de calidad y respeto por el medio ambiente y la seguridad en el trabajo les haga competitivos y adecuados a las necesidades de sus clientes y del entorno en el que desarrollan sus servicios.

La organización opera bajo el estricto cumplimiento de la legislación vigente (ya sea local, autonómica, estatal, comunitaria e internacional), buscando la satisfacción de sus clientes como forma de asegurar la continuidad y el buen hacer de la organización.

Un Plan de Igualdad es un documento que recoge una serie de medidas dirigidas a combatir discriminaciones por razón de sexo y cuyo objetivo es fomentar la igualdad de trato entre mujeres y hombres.

La nueva legislación que entró en vigor a principio de año 2021 (Real Decreto 901/20 de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo), obliga (si tienen más de 49 trabajadores) o anima a las organizaciones, a negociar, elaborar e implementar un Plan de Igualdad. Este Real Decreto regula, además:

  • Contenido del Plan de Igualdad. Diagnóstico y recogida de datos, tanto cuantitativos como cualitativos, estrategias y medidas a adoptar.
  • Sistema de seguimiento y evaluación del Plan y sus medidas adoptadas.
  • Registro del Plan en REGCON (registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Planes de Igualdad).

Este Real Decreto va en la misma dirección que los objetivos 5 y 8 de los ODS “igualdad de género” y “trabajo decente y crecimiento económico” respectivamente, para poner fin a todas las formas de discriminación contra las mujeres; eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas en los ámbitos públicos y privados; reconocer la importancia de los cuidados y fomentar la corresponsabilidad; asegurar la participación plena y efectiva de mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo; lograr el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todas las mujeres y los hombres, incluidos los jóvenes y las personas con discapacidad, así como la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.

Desde Servicios Integrales Consultoría, nos sentimos orgullosos de haber colaborado en la consecución de su Plan de Igualdad y de haber podido trabajar con ellos. 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.